martes, 20 de noviembre de 2012

Novedades Fiscales: Lucha contra el Fraude 7/2012

Se publicó en el BOE el 30 de octubre de 2012 la Ley 7/2012 de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Entre las medidas más destacables os reseño las que a continuación os relaciono más abajo, no obstante, si precisarais información más detallada en relación a cualquiera de dichas novedades gustosamente os ampliamos dicha información, en nuestro despacho de abogados en Betanzos.


info@lopezsanchez.com



1. Se reducen las sanciones tributarias a imponer por conformidad y pronto pago.
2. Nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria de los administradores de empresas carentes de patrimonio pero con actividad económica regular.
3. Se elimina la posibilidad de aplazar o fraccionar de los créditos contra la masa en situaciones de concurso para evitar dilatar el crédito de la Administración Tributaria.
4. Se amplían la posibilidad de adoptar medidas cautelares en expedientes por delito fiscal.
5. Nuevo tipo de infracción tributaria de sanciones fijas por la presentación telemática (en autoliquidaciones) y sanciones variables en función de datos en los casos de declaraciones informativas.
6. Nuevas obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, y sanciones para el incumplimiento de la obligación.
7. Modificación de normas en relación IRPF e IS en lo relativo a ganancias de patrimonio no justificadas y de la presunción de obtención de rentas
8. Se introducen nuevos supuestos de exclusión del método de estimación objetiva en el IRPF y en el régimen simplificado de IVA.
9. En relación al IVA se introducen nuevos supuesto de inversión del sujeto pasivo en operaciones inmobiliarias, por un lado cuando se renuncia a la exención de IVA y cuando la entrega del inmueble se produzca como consecuencia de la ejecución de una garantía constituida sobre el mismo.
10. Se limitan los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros, se excluyen los pagos entre no empresarios o profesionales. Se aprueba el correspondiente régimen sancionador.

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