lunes, 25 de marzo de 2013

¿Solución a las preferentes?


¿Solución a las “Preferentes”?

El pasado 23 de marzo se publicó el denominado Real Decreto-Ley de protección a los titulares de determinados productos de inversión, esta norma aprobada por el Gobierno y la nota de prensa emitida el día anterior por el FROB, intentan garantizar una solución para los afectados de deuda subordinada y participaciones preferentes.

El título del Real Decreto parece sarcástico ¿Protección? ¿Proteger a los consumidores frente a quién, frente al propio banco?

La cuestión es que, después de haber tramitado reclamaciones ante consumo, ante el CNMV, en la calle e incluso ante la Justicia ordinaria, los clientes de las cajas afectadas se preguntan a qué han de atenerse.

Desde el pasado viernes se conocen las intenciones tanto del gobierno como del FROB: las soluciones no son iguales para los clientes de Bankia que para los de NCG; en este último caso, los clientes recibirán sus preferentes convertidas en acciones con quitas medias del 43%, la deuda subordinada sufrirá una pérdida media del 41%  y la subordinada con vencimiento del 22%. Dependiendo de los años de suscripción de los títulos o de los vencimientos, para el caso de subordinadas, las quitas oscilarán entre un 31% y un 55% para preferentes y entre un 15% y un 22% para subordinadas.

El problema sigue siendo el mismo, los depósitos se encuentran bajo llave en poder de los bancos y el FROB. No podremos recuperar el dinero salvo que esperemos al mes de junio y el fondo de garantía de depósitos nos canjee las acciones por dinero “contante y sonante” ¿Cómo? con una segunda quita.

Más inseguridad jurídica: aún no sabemos qué quita se aplicará a cada cliente, ni de cuanto será la segunda quita, ni cómo se ejecutará esta “solución”.

Pongamos por ejemplo, un afectado con 10.000 euros en preferentes, recibirá 5.500 euros en acciones de NCG que podrá convertir en dinero a partir de junio, con una segunda quita, lo que reducirá aún más sus ahorros.

No observamos solución alguna.

La pregunta es ¿qué debemos hacer ahora? Lógicamente cada cliente es libre de decidir si quiere o no quiere aceptar la quita que le ofrecerá el banco a través de las pautas del FROB. Aceptar la quita significa tener acciones de la entidad financiera pero seguir sin cobrar.

Las otras soluciones alternativas siguen siendo las mismas existentes hasta el momento: posibilidad de acudir a un arbitraje de consumo, una solución que hasta el mes de septiembre pasado funcionaba con cierta celeridad y eficacia, pero que en la actualidad se encuentra bastante parada, o la opción que actualmente cuenta con un mayor porcentaje de éxitos y que, a la vista de la solución del gobierno se nos antoja la más realista: acudir a la vía judicial.

El gobierno, el FROB y el resto de entes que controlan el devenir del sistema financiero español parecen empeñados en conseguir afianzar aun más nuestro particular “corralito” financiero y fomentar la litigiosidad de los particulares ante los Tribunales de Justicia.

Para más información sobre este tema, pueden acudir a nuestro despacho de abogados en Betanzos o enviar una consulta a info@lopezsanchez.com.


 

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