miércoles, 22 de noviembre de 2017

El divorcio notarial

Desde la entrada en vigor de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria , han sido números los casos que, desde nuestro despacho en Betanzos, hemos llevado de DIVORCIOS ante NOTARIO.
 
Esta norma introduce la posibilidad de formalizar el divorcio o separación de mutuo acuerdo ante Notario, siempre que se cumplan los siguientes requisitos y se presente en la notaria un convenio regulador y siempre con asistencia a la firma de abogado ejerciente:

El divorcio debe ser de mutuo acuerdo y sin hijos menores de edad o discapacitados:
Además de estar de acuerdo en todos los puntos del divorcio, no puede haber hijos menores de edad ni hijos con la “capacidad modificada judicialmente “. En caso contrario, debemos acudir  al juzgado para el divorcio, aunque exista un acuerdo, debiendo presentar para ello una demanda firmada por abogado y procurador.

El divorcio se formaliza en escritura notarial: Se trata de una declaración de voluntad de los dos esposos, afirmando que quieren divorciarse, a la que hay que adjuntar el convenio regulador en el que se fijan, entre otras cuestiones: pensión compensatoria, fijación y adjudicación del domicilio habitual, liquidación del régimen de gananciales, contribución a las cargas del matrimonio, etc. No es necesario firmarlo previamente a llevarlo a la notaria, pero sí es aconsejable. En todo caso, la asistencia a la notaria ha de hacerse con abogado colegiado que deberá, así mismo, firmar también la escritura.
 

Intervención de ambos cónyuges en la firma “de modo personal”. No se puede otorgar un poder a otra persona para que se divorcie en su lugar, por lo que la presencia de los dos será obligatoria  ante el Notario. Éste, el notario, debe ser del municipio o ciudad correspondiente al último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
 
 
LOPEZ SANCHEZ ABOGADOS. Abogados en Betanzos (A Coruña).
Primera Consulta Gratuita. info@lopezsanchez.com
981 77 35 26
 
 

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