viernes, 14 de diciembre de 2018

Novedades importantes en Arrendamientos Urbanos


El consejo de ministros viene de aprobar (publicación en el BOE el sábado 15 de diciembre de 2018) una serie de medidas que modifican sustancialmente alguno de los requisitos para formalizar contratos de arrendamiento de viviendas, como es la prórroga obligatoria para el arrendador y voluntaria para el arrendatario que pasa de los 3 años que introdujo el anterior gobierno a los 5 años.
El real decreto-ley supondrá, por otra parte, modificaciones en cinco normativas: Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), Ley de Propiedad Horizontal (LPH), Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Reguladora de Haciendas Locales y Ley de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
1.- Ampliación de tres a cinco años de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler 
2.- Limitar a dos mensualidades la fianza que se podrá exigir a los arrendatarios, salvo que se trate de contratos de larga duración.
3.- En los casos en que el arrendador sea una persona jurídica, deberá asumir los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.
4.- Se excluyen los alquileres turísticos de la LAU al tratarse de una actividad económica. Si bien, en lo que respecta a la LPH, aquellos propietarios que quieran destinar su vivienda a alquiler turístico necesitará una mayoría cualificada de 3/5 partes de la comunidad y deberá contribuir, eso sí, con un límite, a los gastos de la comunidad.
5.- Por otra parte, siempre que haya acuerdo entre propietario e inquilino se podrán realizar obras de mejora de la vivienda sin necesidad de firmar un nuevo contrato.
6.- Los contratos de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente estarán exentos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Alejandro López Sánchez
Abogado  - LOPEZ SANCHEZ ABOGADOS
Abogados en Betanzos (Primera consulta gratuita)
981 77 35 26 - info@lopezsanchez.com

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