viernes, 8 de enero de 2016

La previsión hereditaria: anteponerse a las situaciones

Lamentablemente, muchos de los problemas que se judicializan en nuestro pais tiene que ver con problemas familiares. Además de los consabidos problemas derivados de rupturas matrimoniales, guardas y custodias, alimentos, etc, existe un nucleo importante de problemas en los procesos hereditarios.

La interpretación testamentaria, la división de bienes indivisibles (como inmuebles) o el reparto de empresas familiares, suponen circunstancias que en muchos casos derivan en un latoso y duradero proceso judicial de división de herencia.

El problema se acrecenta en caso de que no exista testamento o este sea suficientemente escueto como para no establecer un sistema de asignación o reparto del caudal relicto de forma concisa. De hecho, además de las normas reguladoras de estas relaciones jurídicas en el Derecho Común, el panorama se complica con las diversas normas autonómicas que legislan la sucesión en los Derechos Civiles Forales.

¿Cómo solucionar un problema hereditario?

Dependerá en mucho del tipo de problema y de la disposición de las partes para llevar a cabo una solución negociada, pero ante la perspectiva de tener que solicitar el nombramiento de un contador partidor (para el caso de que no haya sido nombrado por el testante) lo ideal será someter la división a un consenso.

¿Qué ocurre si no existe solución negociada?

Deberemos acudir a un latoso proceso de división judicial de herencia, donde las posiciones enrocadas de alguna de las partes pueden conducirnos a un final incierto o eterno.

¿Cómo anticiparnos al problema?

Lo ideal es, como en otros aspectos de nuestro derecho (capitulaciones prematrimoniales), someter la realización y previsión de los pactos hereditarios al análisis previo de un especialista para luego acudir al notario.

Que sea el propio testador el que deje atado todo el sistema de reparto no es algo que deba darnos miedo, sino que se trata de un método que evita conflictos a gran escala entre hermanos o el resto de titulares de un derecho hereditario.

Y no olvidemos que dicha previsión hereditaria puede ser combinada con un uso correcto e idóneo de otras figuras hereditarias como la apartación (en el Derecho Civil Gallego) que en determinados supuestos puede suponer beneficios fiscales.

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Alejandro López
Abogado especialista en Derecho de Sucesiones.

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